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Qué evalúa el peritaje psicológico forense penal

  • Foto del escritor: marcelo merino aravena
    marcelo merino aravena
  • hace 10 minutos
  • 5 min de lectura

Una denuncia penal puede instalar una sospecha que parece difícil de revertir, especialmente cuando el caso gira en torno a relatos, afectación emocional o vínculos familiares. Sin embargo, un peritaje psicológico forense penal no reemplaza la prueba ni permite decidir, por sí solo, quién dice la verdad. Su función legítima es aportar conocimiento técnico al tribunal sobre materias psicológicas relevantes, bajo métodos que puedan ser explicados, revisados y controvertidos.

En causas por delitos sexuales, violencia intrafamiliar, homicidios, lesiones graves o delitos violentos, la prueba pericial puede influir de manera decisiva en la construcción de la verdad procesal. Por eso, una defensa penal seria no puede aceptar sus conclusiones como si fueran incuestionables. Debe examinar cómo se obtuvo la información, qué preguntas intentó responder el perito, cuáles fueron sus límites y si el razonamiento científico realmente sostiene la conclusión presentada ante el tribunal.

Qué es un peritaje psicológico forense penal

Es una evaluación realizada por un profesional de la psicología con formación y experiencia forense, destinada a responder una pregunta que tiene relevancia para una investigación o un juicio penal. No equivale a una terapia, ni busca acompañar emocionalmente a la persona evaluada. Su objetivo es técnico y debe mantenerse dentro del encargo pericial.

Puede ser solicitado por el Ministerio Público, la defensa, la querella o, en ciertos escenarios, incorporado a partir de antecedentes obtenidos durante la investigación. El informe debe identificar la metodología aplicada, las fuentes revisadas, las entrevistas efectuadas, los instrumentos utilizados y las conclusiones alcanzadas. Cuando esos elementos no aparecen con claridad, la capacidad de controlar científicamente el peritaje disminuye.

El tribunal no está obligado a seguir la opinión del experto. En el proceso penal chileno, la prueba se aprecia conforme a las reglas de la sana crítica. Esto exige que las conclusiones sean compatibles con la lógica, las máximas de experiencia y los conocimientos científicamente afianzados. Un informe puede tener apariencia técnica y, aun así, contener inferencias débiles, datos insuficientes o afirmaciones que exceden las competencias del perito.

Qué puede evaluar un peritaje psicológico forense penal

La pregunta concreta determina el alcance de la evaluación. En algunos casos, el peritaje aborda la presencia de sintomatología psicológica, el impacto emocional asociado a determinados hechos, el funcionamiento cognitivo o la capacidad de una persona para comprender y dirigir sus actos. En otros, puede referirse a factores de vulnerabilidad, dinámicas relacionales o consecuencias psíquicas alegadas en una causa.

En investigaciones por delitos sexuales, por ejemplo, es habitual que se analicen indicadores de afectación emocional, consistencia clínica del relato o circunstancias personales de quien denuncia. Pero debe mantenerse una distinción fundamental: la existencia de síntomas como ansiedad, depresión, estrés o alteraciones del sueño no identifica automáticamente su origen ni acredita, por sí misma, la ocurrencia de un delito ni la participación de una persona determinada.

También pueden existir peritajes relativos a imputabilidad, consumo problemático de sustancias, riesgo de reiteración o condiciones psicológicas del imputado. Cada hipótesis exige métodos distintos. No es válido trasladar la conclusión de una evaluación clínica a una afirmación jurídico-penal sin explicar el puente lógico y empírico que conecta ambos planos.

La psicología no puede sustituir al juez

Un perito puede explicar hallazgos psicológicos. No puede resolver la credibilidad jurídica de un testigo, declarar que un hecho ocurrió como certeza judicial ni reemplazar el análisis que corresponde al tribunal. Cuando un informe afirma, de modo categórico, que una persona fue víctima de un delito basándose únicamente en una entrevista o en síntomas inespecíficos, puede estar invadiendo un terreno que no le corresponde.

La credibilidad de una declaración se construye mediante el examen integral de la prueba: oportunidad de la denuncia, consistencia interna y externa, comunicaciones, registros digitales, declaraciones de terceros, evidencia material, contexto y contradicciones. La pericia psicológica es una pieza dentro de ese conjunto, no un atajo para el estándar de prueba exigido en materia penal.

Método, registros y límites: donde se juega la validez

La fortaleza de un informe no depende de que use lenguaje complejo. Depende de si su método permite llegar razonablemente a las conclusiones. Una evaluación forense rigurosa debe separar los antecedentes entregados por la persona evaluada de los hechos que cuentan con corroboración independiente. También debe reconocer hipótesis alternativas y evitar confundir una narración consistente con una narración necesariamente verdadera.

La defensa debe revisar si hubo entrevistas suficientes, si se usaron instrumentos validados para la población evaluada, si estos se interpretaron correctamente y si el perito tuvo acceso a información relevante que pudiera contradecir su hipótesis inicial. También importa conocer el momento en que se practicó la evaluación. Un examen realizado mucho tiempo después de los hechos, o después de múltiples conversaciones sobre la denuncia, puede presentar limitaciones que deben ser explicitadas.

No toda diferencia entre informes significa que uno de ellos sea inválido. La psicología forense trabaja con fenómenos humanos complejos y existen márgenes razonables de interpretación. Pero una conclusión pericial debe ser proporcional a la calidad y cantidad de los datos disponibles. A mayor contundencia de la afirmación, mayor debe ser el respaldo científico que la sostenga.

Cómo se examina un informe desde la defensa penal

Una estrategia de defensa técnica comienza por definir qué pretende acreditar la pericia y qué cuestión permanece sin responder. Luego se contrasta el informe con la carpeta investigativa completa. Muchas veces, el problema no está en una frase aislada de la conclusión, sino en la omisión de antecedentes que podían modificar el análisis.

El examen puede concentrarse en la idoneidad del perito, la delimitación de su encargo, la trazabilidad de las entrevistas, el uso de escalas o test, la fundamentación de las inferencias y la distancia entre los datos observados y la afirmación final. Si el informe afirma causalidad, es necesario preguntar qué otras explicaciones fueron consideradas y por qué fueron descartadas.

En una causa de alta gravedad, la defensa puede requerir una revisión técnica independiente o presentar un perito de parte. No se trata de buscar un profesional que confirme una versión por conveniencia. Se trata de someter la evidencia estatal a control, identificar errores metodológicos y entregar al tribunal herramientas reales para valorar la prueba con rigor científico.

Marcelo Meriño Aravena ha sostenido su práctica de litigación estratégica sobre una premisa clara: cuando la libertad y la dignidad de una persona están en riesgo, ninguna afirmación técnica puede quedar fuera de examen. La autoridad de un informe no proviene del cargo de quien lo firma, sino de la transparencia de su método y de su capacidad de resistir preguntas en juicio oral.

El juicio oral exige explicación, no solo documentos

El informe escrito es relevante, pero el debate decisivo ocurre cuando el perito declara y debe explicar su trabajo ante el tribunal. Allí se evalúa si conoce los alcances de los instrumentos que utilizó, si puede justificar sus decisiones metodológicas y si admite los límites de su evaluación.

Un contrainterrogatorio bien preparado no busca desacreditar a un profesional mediante ataques personales. Busca precisar. ¿Qué antecedentes verificó directamente? ¿Cuáles fueron entregados por terceros? ¿Qué hipótesis alternativas consideró? ¿Puede su hallazgo explicar escenarios distintos al sostenido por la acusación? ¿Su conclusión establece una posibilidad, una compatibilidad o una certeza que el método no permite afirmar?

Estas preguntas pueden revelar diferencias determinantes entre una opinión fundada y una afirmación presentada con más seguridad que evidencia. En materia penal, esa diferencia importa porque el poder punitivo del Estado no puede descansar en presunciones técnicas no sometidas a contradicción efectiva.

Cuándo conviene actuar

La revisión del peritaje no debe esperar al juicio oral. Desde la investigación, es necesario identificar evaluaciones pendientes, solicitar acceso oportuno a los antecedentes, preservar registros relevantes y definir si corresponde encargar una evaluación independiente. Actuar tarde puede limitar opciones defensivas y dejar instalada una teoría del caso difícil de corregir.

Si usted o un familiar enfrenta una imputación grave, no tiene por qué comprender de inmediato cada término técnico ni aceptar conclusiones que nadie le ha explicado. Exigir claridad, revisar la evidencia y construir una defensa fundada no significa desatender el dolor de quienes participan en el proceso. Significa proteger las garantías que hacen posible un juicio justo. Frente a un peritaje psicológico, la pregunta correcta no es si parece convincente, sino si realmente puede demostrar lo que afirma.

 
 
 

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